Los convencionales aprobaron el pasado 16 de marzo tres incisos del artículo 14 de Probidad y Transparencia, lo que significa que serán incorporados en el borrador del texto de la nueva Constitución.
El Pleno de la Convención Constitucional aprobó por más de dos tercios los incisos 1, 2 y 3 del artículo 14, referido a Probidad y Transparencia, correspondientes al primer informe emanado de la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía.
Respecto al inciso 1, aprobado por 127 votos a favor, se establece la obligación de los funcionarios públicos de regirse por los principios de probidad, transparencia y rendición de cuentas, señalando que “el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento a los principios de probidad, transparencia y rendición de cuentas en todas sus actuaciones, con primacía del interés general por sobre el particular”.
En tanto, el inciso 2 del artículo 14, aprobado por 106 votos a favor, determina los deberes del Estado para erradicar los actos de corrupción, estableciendo que “es deber del Estado promover la integridad de la función pública y erradicar la corrupción en todas sus formas, tanto en el sector público como privado. En cumplimiento de lo anterior, deberá adoptar medidas eficaces para prevenir, detectar y sancionar los actos de corrupción. Esta obligación abarca el deber de perseguir administrativa y judicialmente la aplicación de las sanciones administrativas, civiles y penales que correspondan, en la forma que determine la ley”.
Por último, el inciso 3, aprobado por 103 votos, señala que “una ley regulará los casos y las condiciones en las que los funcionarios, funcionarias y autoridades deleguen a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan un conflicto de interés en el ejercicio de la función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos”.
Cabe señalar que el artículo 14, de Probidad y Transparencia, contaba con seis incisos, siendo únicamente los tres primeros aprobados por más de dos tercios de los convencionales constituyentes, por lo que serán incorporadas en el proyecto de Constitución, el que deberá ser revisado por la Comisión de Armonización. Respecto de los incisos 4 y 5, éstos fueron aprobados por mayoría simple, por lo que deberán volver a la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía para recibir modificaciones y volver a ser votados en el Pleno, mientras que el inciso 6, al no alcanzar ni siquiera la mayoría simple, fue desechado.